Internacional
Muere Noelia Castillo tras recibir la eutanasia
Agencias
Poco después de las ocho de la tarde de este jueves se conoció la noticia de que la joven Noelia Castillo había muerto tras recibir la eutanasia. La justicia había descartado de nuevo paralizar cautelarmente la medida, apenas unas horas antes de que se le practicase, al desestimar las medidas cautelares que ha planteado in extremis la fundación Abogados Cristianos.
La entidad, que durante año y medio ha representado al padre de Noelia en su batalla judicial para impedir su muerte asistida, había solicitado medida cautelares por tercera vez ante el Juzgado de Instrucción número 20 de Barcelona, que investiga la querella que presentó contra dos miembros de la comisión de la Generalitat que autorizó la muerte digna de la joven, que sufría una paraplejia.
En su escrito, Abogados Cristianos pedía que se detuviese la eutanasia de Noelia, prevista para las 18.00 horas de este jueves en el centro sociosanitario donde reside, y que se le dispensase tratamiento psicológico y psiquiátrico hasta que hubiese sentencia firme en relación con la querella por prevaricación que el juzgado instruye.
La investigación de la querella se encuentra aún en una fase prematura: la jueza acordó admitirla a trámite y requirió documentación sobre el proceso legal por el que la Generalitat concedió la eutanasia a Noelia para determinar si hay indicios de delito en los miembros de la comisión.
La propia magistrada apunta en su auto que admitió a trámite la querella para dar «cobertura legal» a la petición de documentación sobre el proceso, lo que «no podía hacerse de otra forma».
De acuerdo con el criterio de la Fiscalía, la jueza rechaza las medidas cautelares con el argumento de que «carece de potestad» para adoptarlas, dado que los tribunales competentes ya han dictado «las decisiones oportunas».
Además, argumenta la magistrada que Noelia no es parte en el proceso penal abierto a raíz de la querella de Abogados Cristianos, por lo que cualquier decisión que se dictase y que afectara a sus derechos fundamentales podría causarle «una situación de indefensión».
Respecto a la capacidad de la joven para decidir su muerte digna, la magistrada recuerda que «dicha cuestión ha sido resuelta tanto en vía administrativa como judicial, por cuya razón no cabe plantearse a necesidad del tratamiento psicológico y/o psiquiátrico».
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