Nacional

Senado avala 18 años de cárcel a quien difunda imágenes de cadáveres de mujeres víctimas de violencia

Published

on

AGENCIAS

El Pleno del Senado de la República avaló una reforma al Código Penal Federal que establece la sanción de hasta 18 años de cárcel a los funcionarios que graben, difundan y distribuyan imágenes de cadáveres de mujeres, adolescentes y niños víctimas de violencia.

Aplica la misma penalidad a los periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que publiquen las imágenes.

Dicha reforma fue avalada por unanimidad y turnada a la Cámara de Diputados, y contempla multas de hasta 232 mil pesos a quienes incurran en este tipo de prácticas que se han vuelto recurrentes cuando ocurren feminicidios, en donde funcionarios de fiscalías como la Ciudad de México filtran videos y fotografías a algunos medios que las publican.

Al respecto, y en tribuna, la senadora Olga Sánchez Cordero dijo que la reforma al artículo 225 del Código Penal Federal, en materia de delitos cometidos contra la administración de justicia, establece sanciones a quien difunda, entregue, revele, publique, exponga, distribuya, grabe, fotografíe, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos o cualquier tipo de información o evidencia que esté contenida en una carpeta de investigación o en un proceso penal, que por disposición legal sea reservada o confidencial.

También se busca un incremento en las penas cuando las víctimas u ofendidas sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres.

Esta propuesta plantea garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas u ofendidos, toda vez que la divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituye claramente una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas.

Sánchez Cordero recordó que en febrero de 2020, se difundieron las fotografías del cuerpo de la víctima de feminicidio en noticieros, diarios y periódicos, y hasta en redes sociales, siendo este el caso de Ingrid Escamilla Vargas, que lamentablemente, todos y todas fueron testigos de la exhibición pública del material visual del cuerpo de la víctima.

“Es fundamental reconocer que la justicia en materia penal no sólo recae en una sentencia, sino también en el respeto irrestricto a la dignidad y a la memoria de las víctimas, sean directas o indirectas”, dijo la legisladora de Morena.

Esta reforma indica que al servidor público que difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta, a quien no tenga derecho o facultad para ello, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos, que obren o se encuentren en una carpeta de investigación, en un proceso penal o estén relacionados con las condiciones personales de la víctima o las circunstancias del hecho que la Ley señale como delito, se le impondrá una pena de seis a diez años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización.

Cabe señalar que, la sanción prevista en el párrafo anterior incrementará hasta en una mitad más, cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres.

 

Salir de la versión móvil