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Absuelven a ‘El Mochaorejas’ y ordenan su inmediata liberación… pero seguirá preso

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Absuelven a ‘El Mochaorejas’ y ordenan su inmediata liberación… pero seguirá preso

AGENCIAS

Daniel Arizmendi López no podrá abandonar la cárcel porque enfrenta otras condenas.

Una jueza federal absolvió de un delito y ordenó la inmediata libertad del secuestrador Daniel Arizmendi López, El Mochaorejas, pero el delincuente no podrá abandonar la cárcel porque enfrenta otras condenas.

Raquel Ivette Duarte Cedillo, jueza Segunda de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, lo absolvió del delito de privación ilegal de la libertad, en la modalidad de secuestro, porque de los medios de prueba presentados por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) fueron insuficientes.

La juzgadora deja claro que no pasa por alto la declaración de un padre de familia, quien identificó a Daniel Arizmendi por las entrevistas que se trasmitieron por la televisión en 1998 tras su captura, como la persona que le llamaba para negociar la liberación de su hijo, a quien le cortaron una oreja.

El expediente detalla de manera gráfica todo lo que vivió el secuestrado y cómo fue que le hicieron firmar una carta pidiéndole perdón a su papá porque le había dicho a los plagiarios que su familia tenía dinero. Todo esto sucedió en 1997.

“Sin embargo, de los medios de prueba antes descritos, no existe señalamiento o imputación directa en contra de Daniel Arizmendi López que permita arribar, aún de manera indiciaria, su plena responsabilidad en la comisión del delito en estudio.
“… de los anteriores medios de prueba válidos y que han sido valorados no se obtienen datos relevantes sobre el actuar del acusado, esto es, los hechos concretos que ejecutó en la comisión de los hechos delictuosos –las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se requieren para atribuirle su responsabilidad-. Luego, toda vez que la carga de la prueba corresponde a la parte acusadora, que en el caso es la representación social de la Federación y, atendiendo al principio de presunción de inocencia que se consagra en la Carta Magna, no es procedente emitir juicio de reproche y se absuelve de la acusación ministerial a Daniel Arizmendi López en la comisión del delito de privación ilegal de la libertad, en la modalidad de secuestro”, detalla la sentencia.

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