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En San Lázaro aprueban ‘ley Ingrid’ que sanciona a funcionarios que difundan imágenes de víctimas

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En San Lázaro aprueban ‘ley Ingrid’ que sanciona a funcionarios que difundan imágenes de víctimas

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el dictamen que reforma el artículo 225 del Código Penal Federal, para tipificar y sancionar la difusión de información o material audiovisual de delitos relacionados con violencia de género, así como evitar la revictimización por parte de las autoridades o personas que deban impartir justicia.

El recién dictamen aprobado en la Cámara de Diputados es conocido comúnmente como “ley Ingrid” debido a la filtración de imágenes del feminicidio a Ingrid Escamilla, quien tenía 25 años, ocurrido en 2020.

El documento, enviado al Senado de la República, que contempla la reserva aceptada por el pleno, establece en la fracción XXIX que son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos:

“Cuando por sí o por interpósita persona, a través de cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, fotografíe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publique, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice imagen, audio, video, documento, información, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con un procedimiento penal, las condiciones personales de una víctima o las circunstancias de hecho o hechos que la ley señale como delitos”.

A quien cometa los delitos en esa fracción se le impondrá pena de prisión de cuatro a 10 años y de cien a 150 días multa. Las sanciones aumentarán en una tercera parte, en su mínimo y en su máximo, si la información que se difunda se refiere a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad, de acuerdo con un comunicado de la Cámara de Diputados.

La Comisión de Justicia estima necesario realizar reformas que garanticen la integridad, intimidad y dignidad de las víctimas de delitos relacionados con motivos de género, en la inteligencia que la ausencia de sanción también forma parte del problema estructural de la violencia de género.

Que no se repitan terribles casos

En la fundamentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, diputado Felipe Fernando Macías Olvera (PAN), expresó que la reforma tiene por objetivo que aquellos servidores públicos encargados de la administración de la justicia, peritos, policías e investigadores, tengan prohibido la difusión, comercialización de imágenes, videos, material, cualquier información relacionada con un hecho delictivo, con las condiciones de la víctima o cualquier ámbito relacionado al proceso penal.

Mencionó que la finalidad es que no se repitan esos terribles casos en que los servidores públicos encargados de resguardar lo que sucedió y la escena, sean los primeros en divulgar y publicar las imágenes, videos e información de la víctima, lucrando con la tragedia y haciendo más terrible ese momento para familiares y seres queridos.

Detalló que hay una agravante de hasta una tercera parte más, cuando se trate en caso de mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad. “Así avanzamos y luchamos juntos para erradicar este tipo de violencia contra la mujer, que es la revictimización; felicito el compromiso para erradicar la violencia contra la mujer”.

Una contribución para penalizar la revictimización

La diputada Ana María Balderas Trejo (PAN), promovente de una iniciativa sobre el tema, destacó que la ley castigará, tipificará y penalizará a todo servidor público, al reconocer este acto como delito.

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