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Una vez más, MORENA intentará despenalizar el aborto en Veracruz

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AGENCIAS

La diputada de MORENA, Mónica Robles Barajas, presentó una iniciativa para reformar el Código   Penal del Estado que permite la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en Veracruz hasta la 12ª semana de gestación.

En su propuesta, la legisladora argumenta que, a pesar del grave contexto de violencia, el Estado de Veracruz no ha cumplido las recomendaciones de la alerta por violencia de género por agravio comparado.

Advierte que esta omisión limita el ejercicio del derecho de las mujeres veracruzanas a la salud, pues al negárseles el servicio se ven orilladas a buscar abortos clandestinos o continuar con embarazos, en ambos casos, arriesgando la salud, la integridad y hasta la vida.

No debe pasar desapercibido que un aborto clandestino podría derivar en criminalización y la continuación del embarazo podría implicar un embarazo forzado.

En este sentido, de acuerdo a información de la SSA de 2007 al 2021 han sido atendidas más de 500 mujeres procedentes del estado de Veracruz en la Ciudad de México, expuso en la legisladora.

Concretamente la también presidente de la Comisión Permanente de Justicia y puntos de Constitucionales propuso reformar los artículos 149, 150, 151, 153 y 154, y derogar el artículo 152, todos del código penal para el estado.

Robles Barajas añade que la despenalización del aborto voluntario durante las primeras 12 semanas del embarazo es el mínimo indispensable para permitir que las mujeres, niñas y adolescentes puedan acceder a los servicios de aborto seguro y gratuito.

Atlas detallar la iniciativa la legisladora detalla los cambios al artículo 151, en virtud de que se está despenalizando el aborto voluntario durante las primeras 12 semanas.

Se sugiere hacer específico que con la reforma se está separando en dos tipos penales o delitos diferentes: El aborto voluntario, después de las 12 semanas y el aborto forzado, que puede perseguirse en cualquier momento del embarazo y que se sanciona con más severidad.

De acuerdo con Robles Barajas la separación del delito de aborto en dos tipos penales diferentes es importante, toda vez que refieren diferentes conducta sancionables: en el caso del aborto voluntario, la conducta puede ser realizada por la mujer embarazado por quien la auxiliar, con el consentimiento de esta.

En El caso del aborto forzado, solamente puede cometerse por un tercero en contra de la voluntad de la mujer. De esta manera, se pueden establecer penalmente sanciones y excluyentes de responsabilidad distintas para cada conducta, en función de los bienes jurídicos que se desean proteger en cada caso.

De esta manera, en el artículo 149 establecería quien comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo después de la 12ª semana de gestación.

Además, el artículo 150 establecería que a la mujer que se provoque o consienta que se le practique un aborto, una vez transcurrido en las primeras 12 semanas de gestación, se le impondrán de 15 días o dos meses de tratamiento en libertad.

El artículo 151 fijaría que comete el delito de aborto forzado quien interrumpa el embarazo de una mujer sin el consentimiento de ella, en cualquier momento de la gestación. En este caso, el delito de aborto forzado podrá ser sancionado en grado de tentativa.

La iniciativa deroga el artículo 152, cuyo objetivo era sancionar con mayor severidad tanto a las mujeres que abortan, quien les auxilie  para tal efecto, “lo que contraviene el espíritu mismo de la despenalización”.

Con la reforma del artículo 153 y propone que las penas adicionales que se contemplan en contra del personal sanitario que practique un aborto únicamente subsistan en los casos en que no contaban con el consentimiento de la mujer, es decir, el aborto forzado.

El artículo 154 se consideran excluyentes de responsabilidad penal para el delito de aborto, cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, independientemente de qué exista, o no, causa penal sobre dichos delitos previo al aborto.

La iniciativa detalla que entre 2017 y 2019, México registró un total de 117,556 embarazos adolescentes y Veracruz reportó 21,287 nacimientos cuyas madres tenían menos de 19 años.

Esta cifra coloca a la entidad en el segundo lugar nacional con el mayor número de embarazos adolescentes y centrando la problemática en los municipios de Veracruz, Xalapa, Coatzacoalcos, San Andrés y Córdoba.

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